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Los aviones
No se consideran accidentes de aviación: actos terroristas, actos intencionales del piloto, fallas humanas entre otras, que la empresa aseguradora excluye en razón de algunas rutas cercanas a sitios inconvenientes para el asegurador.
Gisela Teresa Mendoza | teregar16@hotmail.com

25 Ene, 2016 | Los Riesgos que ampara una póliza de Casco de Aviones y sus Pasajeros, es uno de aquellos que, por el ámbito en el que se desenvuelven, es muy difícil de prever los posibles siniestros que puedan ocurrir, como se hace con otros ramos, para aminorar el riesgo y menos aún, hacer un cálculo estadístico a priori en cuanto a las pérdidas posibles a futuro, no obstante que siempre los riesgos que se aseguran son un alea.

Un accidente de aviación es un incidente que puede ocurrir a cualquier nave, en vuelo o en tierra; cuando el daño se considera total, se le da de baja en los registros, denominado (Internacional Civil Aviation Organization ) ICAO, además de hacer entrega de la nave a la empresa que ha ase-gurado la misma, igual podría ocurrir en un aterizaje forzoso.

No obstante, los requisitos para emitir una Póliza de Aviación, como se suele llamar normalmente, deben ser cumplidos a cabalidad; documentación de propiedad, registros , inspecciones, horas de vuelo de los pilotos (esto fundamentalmente cuando se trata de aeronaves privadas pequeñas y medianas y que el responsable es directamente su propietario.

En el caso de aviones de otras características y magnitud, son empresas las que se encargan de contratar, y realizar todo lo necesario para asegurar las mismas, (revisión o reacondicionamiento de la nave, documentación exigida, rutas, contratación de personal etc. etc.) y no los mismos propietarios, por aquello de la inmensidad y diversificación de sus negocios que los manejan grandes empresas.

No se consideran accidentes de aviación: actos terroristas, actos intencionales del piloto, fallas humanas entre otras, que la empresa aseguradora excluye en razón de algunas rutas cercanas a sitios inconvenientes para el asegurador.

.Las riesgos cubiertos son: Casco de la Nave, Responsabilidad Civil Extracontractual y Responsabilidad Civil para Pasajeros. Sin embargo, mediante anexo por separado y prima adicional, se cubre, guerra, guerra civil, invasión, minas, torpedos, huelguistas y actos terroristas. Las primas se calculan en base a: tres (3) tasas prorrateadas; por el tiempo que esté la nave en el aire, el tiempo carreteando en la pista y el tiempo cuando le están haciendo el mantenimiento.

En caso de detención, confiscación de la nave, el asegurado pierde la libertad y derecho de disponer de ella por un período de 12 meses.

Asi mismo, al igual que otros riesgos y éste con mayor razón, se hace obligatorio reasegurar los mismos; aunado a lo establecido en el Código de Comercio en su Artículo No. 553.




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