Porlamar
24 de abril de 2024





EL TIEMPO EN MARGARITA 28°C






El mundo de los seguros
En mi modesta opinión, el motivo principal de esa problemática en principio estriba en la falta de lectura y relectura del texto de la póliza por parte del asegurado, y luego, debe preguntar a su productor todas las dudas que a bien tenga; quien tiene la obligación de explicar y asesorar con toda claridad, lo que considere mejor convenga a su asegurado.
Gisela Teresa Mendoza | teregar16@hotmail.com

6 Dic, 2015 | Podría casi estar segura que gran parte de nuestra población no conoce exactamente las bondades o desventajas que podrían contener las coberturas de sus pólizas de seguro, bien sea de salud, del hogar, vehículos, lanchas, equipajes, etc. Sin dejar de mencionar una gama no muy pequeña de empresas mercantiles.

En mi modesta opinión, el motivo principal de esa problemática en principio estriba en la falta de lectura y relectura del texto de la póliza por parte del asegurado, y luego, debe preguntar a su productor todas las dudas que a bien tenga; quien tiene la obligación de explicar y asesorar con toda claridad, lo que considere mejor convenga a su asegurado.

El caso es que la póliza la conforman, entre otras cosas, las llamadas “condiciones generales”, que están impresas, y las “condiciones particulares”, escritas en el texto de la misma, estas últimas son aquellas que estipulan: las sumas aseguradas, bienes, tasas, primas, en fin, las condiciones particulares propiamente dichas. Sucede que en el contexto de esa relación de términos y condiciones particulares, algunas veces, y de manera subliminal si se quiere, quedan modificados los beneficios que el asegurado ha creído tener en su póliza y cuando llega el momento del siniestro, surge el desconcierto, porque no era así.

¿Por qué no es así? Por la sencilla razón de que las condiciones generales de la póliza están redactadas e impresas en forma amplia y general, sin exclusiones.

Las condiciones particulares son aquellas que son redactadas, estructuradas en cualquier póliza, que pueden amparar personas o cosas, las cuales el asegurador, las toma para asegurarlas, ello, de acuerdo y en función de las características, condiciones, valor, calidad, años, ubicación, etc., según de lo que se trate, para de esta manera poder establecer las condiciones particulares de la póliza, las exclusiones y deducibles.

No hay que perder de vista, que en el mundo de los negocios, las empresas aseguradoras también resguardan su patrimonio, tal y como es, de manera legítima.




Contenido relacionado












Locales | Sucesos | Afición Deportiva | Nacionales | Internacionales | Vida de Hoy | Gente Feliz | 50° Aniversario | Opinión


Nosotros | HISTORIA | MISIÓN, VISIÓN Y VALORES