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Acordados lineamientos para participación del sector privado en Sicad
BCV y Ministerio de Finanzas ratificaron que las subastas serán manejadas por el Sicad y el Cencoex.
AVN

12 Feb, 2014 | El Ministerio de Economía, Finanzas y Banca Pública y el Banco Central de Venezuela (BCV) acordaron los lineamientos para la participación de personas naturales y empresas del sector privado como oferentes de divisas a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad) por intermedio del Convenio Cambiario Nº 26 publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria el pasado 7 de febrero.

Ambas instituciones ratifican que las subastas especiales de divisas llevadas a cabo a través del Sicad serán administradas y dirigidas por el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex).

"Podrán ser realizadas con posiciones mantenidas por personas naturales y jurídicas del sector privado que deseen presentar ofertas, por la República y por el Banco Central de Venezuela, así como por cualquier otro ente expresamente autorizado por el Centro Nacional de Comercio Exterior", sostiene el convenio.

Cencoex regulará los términos y condiciones de estas subastas, mediante la normativa que dicte para estos fines; sin perjuicio de las atribuciones que mantiene el BCV sobre la política cambiaria y monetaria.

En la normativa se establecerán los sujetos autorizados a participar como oferentes y demandantes de divisas en el Sicad, así como los requisitos necesarios para participar.

"En todo caso, las personas oferentes o demandantes de divisas deberán tramitar sus posturas únicamente a través de las instituciones autorizadas por el Banco Central de Venezuela a tales fines".

De igual manera, Cencoex deberá sujetarse al monto máximo de divisas que para cada subasta haya autorizado el BCV, así como a la oferta de venta de divisas o títulos valores que haya sido formalizada por los sujetos interesados ante el instituto emisor, y tenga carácter de firme e irrevocable.

El BCV continuará determinando el tipo de cambio aplicable a la subasta correspondiente, o el tipo de cambio implícito que se genere por el precio de la postura para la compraventa en bolívares de los títulos denominados en moneda extranjera, según el caso.

También se encargará de liquidar las divisas que sean adjudicadas en las subastas del Sicad en la fecha indicada en la convocatoria, a través de las instituciones autorizadas.

Hasta tanto el Cencoex dicte una nueva normativa para el Sicad mantendrán su vigencia las resoluciones, circulares y procedimientos que su utilizan actualmente para este mecanismo cambiario.

Agrega que las operaciones de venta de divisas realizadas al BCV provenientes de inversiones internacionales, se liquidarán al tipo de cambio resultante de la última asignación de divisas realizada a través del Sicad.




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