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Ley Orgánica de Precios Justos en la actual coyuntura económica resulta "inaplicable"
Como directivo de la Federación de Colegios de Contadores Públicos, Raúl Gil insiste en que los comerciantes deben conocerla para evitar sanciones administrativas, pecuniarias y penales. Realizan por ello talleres
informativos.
Yanet Escalona

Foto: LUIGI PARAVANI

La Ley Orgánica de Precios Justos fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.340 del 23 de enero de 2014. / Foto: LUIGI PARAVANI

2 Jun, 2014 | Como asesor en el ámbito empresarial y en su rol de directivo de la Federación Nacional de Contadores Públicos, Raúl Gil Arias, expresó la preocupación por el desconocimiento de muchos comerciantes con respecto a la Ley Orgánica de Precios Justos y advierte sobre las sanciones pecuniarias, administrativas y hasta penales que implica su desconocimiento.

Entre las actividades, además de un taller con agremiados, dictó charla a empresarios afiliados a la Cámara de Comercio, Puerto Libre y Producción de Nueva Esparta, para dar a conocer la base legal y jurídica de dicha ley. Instó a no subestimarla.

Gil Arias, quien es el coordinador del comité del sector privado dentro de la Federación de Contadores Públicos, dijo que ponen en práctica los convenios firmados con Fedecámaras y Consecomercio; en tal sentido, coadyuvan en el conocimiento de este tipo de normativa.

"Nosotros pensamos que la Ley tiene sus bondades, pero es inaplicable en esta coyuntura del país con una alta inflación que cerró en el 2013 con 56,6% y de enero a abril de 2014, según cifras del propio Banco Central, se ubica en 15,7%, aparte de que se tienen cuatro tipo de cambio (oficial de Bs 6,30; el Sicad 1 a Bs 11 por dólar, Sicad II cerca de Bs 50 y el paralelo en Bs 74). Por ello insistimos en la unificación cambiaria".

Opinó que aplicar esta ley en este momento difícil de la economía, con un segundo semestre que será aún más complejo, es un soberano error. "El problema no es la ley, sino que hay problemas de oferta y de demanda que no se solucionan tan fácil sino con mayor producción, lo cual solo es posible al generar confianza e incentivar la inversión con reglas jurídicas claras".

Estos son tiempos en que lo más recomendable es invertir en construcción, comercio y turismo.

Foto: VANESSA RANGEL

Opina que el Gobierno nacional debe más bien incentivar la producción con seguridad jurídica y unificando la política cambiaria. / Foto: VANESSA RANGEL

Reforma de artículos

Dijo que trabajan en las mesas de diálogo con el Gobierno nacional e insistió en que hay artículos que deben ser reformados; entre los más álgidos, destacó el 2 y el 7. El primero dice: "Quedan sujetos a la aplicación de la presente Ley, las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades económicas en el territorio de la República (...)". El polémico artículo 7, señala: "Se declaran y por lo tanto son de utilidad pública e interés social, todos los bienes y servicios requeridos para desarrollar las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes y prestadores de servicios. El Ejecutivo Nacional puede iniciar el procedimiento expropiatorio cuando se hayan cometido ilícitos económicos y administrativos (...)".

"Este artículo viola los derechos constitucionales a la propiedad privada y al debido proceso. La solicitud ante el TSJ es que se anule", precisó Gil.

También indicó que solicitan sea sectorizada la ganancia máxima establecida en un 30%. Proponen un análisis por sector o actividad económica. "Con relación a la Providencia N° 3 que habla sobre los criterios contables a aplicar, pedimos que en el artículo 2, numeral 12 se flexibilice el porcentaje, y que los costos indirectos del 12,5% sean incrementados al 15%, para mayor sinceración".




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