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Fundaceop lucha para bajar índices de reincidencia delictiva de jóvenes

La fundación buscará la forma de financiar los programas socio educativo para que los niños y los adolescentes se puedan incorporar a la sociedad. En el estado quedan cuatro municipios por registrar el proyecto que hace valer los derechos de la población juvenil sancionada.

Karla Marval Esteves

La educación contribuye a que de los niños y jóvenes se reincorporen en la sociedad.

Foto: ARCHIVO

La reinserción en la sociedad de los niños y jóvenes debe ser un tema de  interés en toda  comunidad.  Hay que crear los espacios necesarios para hacer valer los derechos de los adolescentes sancionados, y procurarles una orientación y educación para atacar de raíz el problema de la reincidencia en la comisión de delitos.

Durante el 2011 la Fundación para la Capacitación, Entrenamiento y Organización de un Porvenir de las y los adolescentes sancionados (Fundaceop), hizo todo lo que estaba en sus manos para desarrollar el diagnostico de la delincuencia en adolescentes y establecer la relación de la cantidad de jóvenes que incurrieron en delitos en cada municipio.

A Juicio de la presidenta de Fundaceop, Cristell Erler, lo más impórtate fue establecer la base de datos de los jóvenes que podían optar a la formación. Las cifras arrojadas demostraron que el municipio Mariño, por su densidad poblacional, ocupa la delantera en adolescente sancionados por hechos punibles.

Siguiendo con el cronograma de actividades la fundación desarrolló un trabajo informativo para involucrar y sensibilizar a la sociedad en el tema de la reinserción.

Erler considera que la falta de conocimiento de la comunidad sobre la necesidad de implementar programas socio educativo para los adolescentes sancionado representa un obstáculo en el camino por lograr el cambio.

La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (Lopna) detalla en su artículo 643 la  necesidad de implementar programas educativos dirigidos a los jóvenes.

Para que la fundación pudiera actuar con los adolescentes de cada uno de los 11 municipios, Erler y el equipo multidisciplinario de Fundaceop desarrolló un programa de trabajo el cual fue inscrito en siete municipios. Restan por registrar la propuesta en Marcano, Díaz, Tubores y Antolín del Campo.

Aunque la inscripción del programa educativo se encuentra en siete municipios, no han podido iniciar el proceso formativo por la falta de recursos y la asignación de los jóvenes, por parte del tribunal de responsabilidad penal de adolescentes.

Búsqueda

La fundación ha tocado la puerta de distintas instituciones para obtener el financiamiento y cubrir los gastos que implica la educación y cambio de conducta de los niños y adolescentes alejados del proceso socializador.

Fundaceop resolvió que con la organización de eventos recreativos pueden reunir fondos y cancelar los honorarios profesionales al equipo de especialistas que trabaja en la causa.

Erler precisó que a la fecha se han involucrado en dos ocasiones con conciertos. El pasado cinco de diciembre fue la última presentación en la que participaron en el 2011.

La presidenta de la fundación dijo que una vez se cierre el proceso administrativo con la productora y empresarios, verificarán el porcentaje de aporte que le corresponde a Fundaceop, para luego determinar la cantidad de jóvenes, del municipio Mariño, que pueden abarcar.

Para este año la fundación planifica actividades recreativas en procura de captar fondos, las mismas continuarán hasta que los Consejos de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, de los municipios que registraron el programa, aporten los fondos necesarios

Donativo

Luego del trabajo investigativo que realizó la fundación para desarrollar el programa formativo, Fundaceop donó el material a todas las Alcaldías del área Metropolitana para que lo implementen con la población desasistida.

La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (Lopna) establece en su artículo 643 la ejecución de medidas no privativas de libertad. Las medidas señaladas en los literales b, c y d del artículo 620, ameritan seguimiento especializado y se cumplirá mediante la inclusión del adolescente en programas socio-educativos, públicos o privados, registrados ante el respectivo Consejo Municipal de Derechos. Para el seguimiento de estas medidas estarán encomendados, los educadores y trabajadores sociales y personas con conocimiento, experiencia y vocación para la orientación del adolescente.

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