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Conducta negligente de jueces y abogados debería ser castigada con severidad
Otros solicitan un amparo, y teniendo conocimiento según lo afirman en su escrito de solicitud, de que su defendido estaba en libertad, omitió informar a la dicha sala respecto a esa situación procesal, ocasionando que se continuara tramitando la causa, al estado de acordar el amparo para liberar a un supuesto privado de libertad; en cuyo caso la sanción al abogado fue de cien unidades tributarias.
Reinaldo Silva | reinaldosilva119@gmail.com | @ReinaldoAcidito

4 Jul, 2018 | Observamos innumerables casos donde el TSJ apercibe (llama la atención) a jueces por decisiones contradictorias o alejadas de los elementos básicos del Derecho; así mismo sanciones a abogados por actuar en desconocimiento de las leyes.

En 2010 publiqué un artículo titulado "Abogados bajo procedimientos disciplinarios"; donde hice mención sobre la "forma reiterativa, en que el TSJ ha venido solicitando a los distintos Colegios de abogados se determine la procedencia o no de un procedimiento disciplinario en contra de abogados que con sus escritos dejan muy mal parada la profesión…". Indicando: "Observa la Sala, con gran sorpresa, como la abogada en un escrito de menos de dos páginas, específicamente de cuarenta y ocho líneas, contiene más de cuarenta y ocho errores gramaticales…".

En el presente año, vemos por ejemplo, donde la Sala Civil declara inadmisible una acción de amparo constitucional, multando al profesional del Derecho con 200 unidades tributarias, argumentado elementos apartados del derecho; a su vez se ordena remitir copia de la sentencia al Tribunal Disciplinario del Colegio de abogados, para que determine si la actuación del abogado es, efectivamente, una falta de conocimiento del Derecho de tal índole que amerite una sanción disciplinaria de las contempladas en la Ley de Abogados; así mismo se apercibe al abogado. Observamos otros casos recientes donde se apercibe al juez, para que acate las sentencias del TSJ, y dicte nuevas decisiones sin incurrir en determinados vicios; encontrándonos con casos donde la sentencia determina que está prohibido establecer el costo de los honorarios del abogado en el escrito de la demanda, y al final de la misma sentencia se acuerdan tales honorarios; decisión totalmente contradictoria.

Otros solicitan un amparo, y teniendo conocimiento según lo afirman en su escrito de solicitud, de que su defendido estaba en libertad, omitió informar a la dicha sala respecto a esa situación procesal, ocasionando que se continuara tramitando la causa, al estado de acordar el amparo para liberar a un supuesto privado de libertad; en cuyo caso la sanción al abogado fue de cien unidades tributarias.

En los entes públicos muchas causas se pierden por falta de seguimiento a las mismas, encontrando quienes se sorprenden cuando una sindicatura está pendiente de todas las causas que afectan al municipio y asisten a todas las audiencias hasta obtener sentencia definitiva; lamentablemente algunos piensan solo en cobrar su sueldo, otros en los honorarios que van a percibir, divorciándose por completo de la ética y defensa que deben realizar de quien deposita su confianza en él para defender sus intereses. Por todo esto considero que las sanciones en los casos narrados deberían ser mayores, amén de aquellos donde las partes se presten a componendas para una determinada decisión, debiendo ser en estos casos las penas de prisión más severas.




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